Resolución Normativa 54/14: Nuevas actividades
Arba modificó la Resolución Normativa 54/14. Conozca las nuevas actividades alcanzadas por el beneficio en el impuesto automotor

La Resolución Normativa 17/19 modifica la Resolución Normativa 54/14 que establece las actividades compatibles con el beneficio de descuentos en el impuesto automotor para aquellos contribuyentes que lo afecten a la misma.
Nuevamente, la Agencia de Recaudación amplía el anexo de la Resolución Normativa 54/14. En la nueva resolución se establecen los códigos del nomenclador de actividades del Impuesto a los Ingresos Brutos (NAIIB-18).

La mencionada Resolución reglamenta el artículo 44 de la Ley Nº 14553, para el ejercicio fiscal 2014, y de años posteriores. Esta ley estableció las escalas del impuesto automotor correspondiente a automóviles, rurales, autoambulancias y autos fúnebres.
Además, también incluye camionetas, pick ups, jeeps y furgones, si se acredita la efectiva afectación de al desarrollo de actividades económicas que requieran su utilización.
¿Qué actividades se incorporan a la Resolución Normativa 54/14 y son alcanzadas por el beneficio?
- 101041 (Matanza de ganado porcino y procesamiento de su carne),
- 101042 (Matanza de ganado, excepto el bovino y porcino, y procesamiento de su carne) y
- 109003 (Servicios industriales para la elaboración de alimentos obtenidos de ganado porcino) del Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB-18).
Las nuevas actividades rigen a partir de la liquidación de la cuota 1 del Impuesto a los Automotores, correspondiente al ejercicio fiscal 2019.