Modificación Resolución General 4477
La AFIP amplía el plazo para presentar planes de facilidades de pago hasta el 31 de julio de 2019

La Resolución General 4477 establecía que de tratarse de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -excluidas las relativas al Monotributo, y/o Autónomos- correspondientes a contribuyentes no inscriptos en el «REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES» y que hayan solicitado planes cuyo pago a cuenta sea del VEINTE POR CIENTO (20%) del monto consolidado, el plazo de vigencia era desde el 15 de mayo hasta el 25 de junio.
La Resolución General 4510 amplió el plazo de vigencia, para extenderlo hasta el 31 de julio de 2019.
Ver la Resolución General 4510 o la Resolución General 4477
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