Resolución Conjunta 5751/2025: se actualiza el Programa “Puente al Empleo” y la reducción de contribuciones patronales
Introducción
El 1 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Conjunta 5751/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Esta norma actualiza la implementación del Programa “Puente al Empleo”, creado por el Decreto 551/22 y extendido por el Decreto 1085/24, que busca incentivar la contratación formal de trabajadores que provienen de programas sociales, educativos o de empleo.

¿Qué es el Programa “Puente al Empleo”?
El programa tiene como objetivo:
- Transformar planes sociales en empleo formal registrado.
- Reducir el costo laboral para las empresas, a través de una disminución de contribuciones patronales.
- Garantizar derechos laborales a quienes se incorporan al mercado formal.
Principales beneficios para empleadores
De acuerdo con la Resolución 5751/2025, los empleadores privados que contraten trabajadores incluidos en los programas determinados podrán acceder a:
- Reducción de contribuciones patronales con destino a:
- SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).
- INSSJP (PAMI).
- Fondo Nacional de Empleo.
- Régimen de Asignaciones Familiares.
- Plazo de aplicación del beneficio: 12 meses desde el inicio de la relación laboral.
- Posibilidad de imputar la asignación dineraria de los programas sociales al pago de la remuneración.
Período de vigencia
El beneficio alcanza a las relaciones laborales iniciadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2026, inclusive.
Exclusiones
No podrán acceder al programa los empleadores que:
- No generen un incremento neto en la nómina de trabajadores.
- Estén inscriptos en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- Realicen prácticas abusivas, como reemplazar personal registrado por beneficiarios del programa.
Modalidades de contratación alcanzadas
La resolución detalla los códigos que deberán utilizarse en los sistemas Declaración en Línea, SICOSS y Libro de Sueldos Digital para identificar a los trabajadores beneficiados.
Las modalidades incluyen:
- Contratos por tiempo indeterminado (jornada completa o parcial).
- Contratos a plazo fijo.
- Trabajo de temporada.
- Contratos agrarios.
- Personal de la construcción.
Con reducciones que van del 50% al 100% según la modalidad y la jornada.
Aspectos operativos
- Los empleadores deben estar caracterizados con el código “543 – Decreto 551/22 Puente al Empleo” en el Sistema Registral de ARCA.
- Deberán presentar declaraciones juradas rectificativas (entre septiembre y noviembre 2025) para incorporar trabajadores contratados desde octubre de 2024 que no hubieran sido declarados bajo este régimen.
Conclusión
La Resolución Conjunta 5751/2025 consolida la continuidad del Programa “Puente al Empleo” y actualiza los procedimientos administrativos para que los empleadores accedan a la reducción de contribuciones.
Este régimen es una oportunidad para empresas que buscan reducir costos laborales al tiempo que contribuyen a la formalización del empleo en Argentina.