Resolución Conjunta 5751/2025: se actualiza el Programa “Puente al Empleo” y la reducción de contribuciones patronales

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Introducción

El 1 de septiembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Conjunta 5751/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Esta norma actualiza la implementación del Programa “Puente al Empleo”, creado por el Decreto 551/22 y extendido por el Decreto 1085/24, que busca incentivar la contratación formal de trabajadores que provienen de programas sociales, educativos o de empleo.

Programa “Puente al Empleo” y la reducción de contribuciones patronales

¿Qué es el Programa “Puente al Empleo”?

El programa tiene como objetivo:

  • Transformar planes sociales en empleo formal registrado.
  • Reducir el costo laboral para las empresas, a través de una disminución de contribuciones patronales.
  • Garantizar derechos laborales a quienes se incorporan al mercado formal.

Principales beneficios para empleadores

De acuerdo con la Resolución 5751/2025, los empleadores privados que contraten trabajadores incluidos en los programas determinados podrán acceder a:

  • Reducción de contribuciones patronales con destino a:
    • SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino).
    • INSSJP (PAMI).
    • Fondo Nacional de Empleo.
    • Régimen de Asignaciones Familiares.
  • Plazo de aplicación del beneficio: 12 meses desde el inicio de la relación laboral.
  • Posibilidad de imputar la asignación dineraria de los programas sociales al pago de la remuneración.

Período de vigencia

El beneficio alcanza a las relaciones laborales iniciadas entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2026, inclusive.

Exclusiones

No podrán acceder al programa los empleadores que:

  • No generen un incremento neto en la nómina de trabajadores.
  • Estén inscriptos en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
  • Realicen prácticas abusivas, como reemplazar personal registrado por beneficiarios del programa.

Modalidades de contratación alcanzadas

La resolución detalla los códigos que deberán utilizarse en los sistemas Declaración en Línea, SICOSS y Libro de Sueldos Digital para identificar a los trabajadores beneficiados.

Las modalidades incluyen:

  • Contratos por tiempo indeterminado (jornada completa o parcial).
  • Contratos a plazo fijo.
  • Trabajo de temporada.
  • Contratos agrarios.
  • Personal de la construcción.

Con reducciones que van del 50% al 100% según la modalidad y la jornada.

Aspectos operativos

  • Los empleadores deben estar caracterizados con el código “543 – Decreto 551/22 Puente al Empleo” en el Sistema Registral de ARCA.
  • Deberán presentar declaraciones juradas rectificativas (entre septiembre y noviembre 2025) para incorporar trabajadores contratados desde octubre de 2024 que no hubieran sido declarados bajo este régimen.

Conclusión

La Resolución Conjunta 5751/2025 consolida la continuidad del Programa “Puente al Empleo” y actualiza los procedimientos administrativos para que los empleadores accedan a la reducción de contribuciones.

Este régimen es una oportunidad para empresas que buscan reducir costos laborales al tiempo que contribuyen a la formalización del empleo en Argentina.

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