Extensión de la suspensión en la expedición de los trámites catastrales

0
arba-1

Resolución Normativa N° 1/18

 

Extender, hasta el 15 de enero de 2018, inclusive, la suspensión en la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10707.

Extender, hasta el 28 de febrero de 2018, inclusive, la validez de los certificados catastrales ingresados durante el mes de diciembre de 2017.



Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Normativa N° 1/18
La Plata, 1° de febrero de 2018.
VISTO que por expediente Nº 22700-15942/18 tramita la extensión de la suspensión en la expedición de los trámites catastrales y de la validez de los Certificados Catastrales ingresados durante el mes de diciembre de 2017 en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, dispuestas por la Resolución Normativa Nº 45/17; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Normativa N° 45/17 se dispuso la suspensión de la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, a partir de las 16 horas del día 15 de diciembre de 2017 y hasta las 8 horas del día 8 de enero de 2018;
Que en esta instancia resulta pertinente extender el plazo de suspensión en la expedición de trámites y extensión de validez de los certificados catastrales allí dispuestos, con el objeto de culminar tareas de índole operativa;
Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, y sus dependencias
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 10707 y modificatorias, y Nº 13766;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE
ARTÍCULO 1°: Extender, hasta el 15 de enero de 2018, inclusive, la suspensión en la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, dispuesto por el artículo 1º de la Resolución Normativa Nº 45/17, con el alcance descripto en dicha norma.
Para los trámites relativos a registración de Legajos Parcelarios, expedición de certificados catastrales para inscripción de Reglamento de Propiedad Horizontal y reclamos por inconsistencias valuatorias y por apertura de partidas en relación a inmuebles que cuenten con Reglamento de Propiedad Horizontal inscripto, la citada suspensión se mantendrá hasta tanto las tareas de adecuación de las aplicaciones informáticas llevadas a cabo por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires finalicen, fechas que serán oportunamente publicadas en la página web de esta Autoridad de Aplicación www.arba.gov.ar.
ARTÍCULO 2°: Extender, hasta el 28 de febrero de 2018, inclusive, la validez de los certificados catastrales ingresados durante el mes de diciembre de 2017, pendientes de expedición por encontrarse condicionados a la apertura de la base catastral, a fin que los profesionales competentes puedan cumplir con las obligaciones que les corresponden con la Agencia de Recaudación.
ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Gastón Fossati Director Ejecutivo C.C. 1.107

Provincia de Buenos Aires

AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA

Resolución Normativa N° 1/18

La Plata, 1° de febrero de 2018.

VISTO que por expediente Nº 22700-15942/18 tramita la extensión de la suspensión en la expedición de los trámites catastrales y de la validez de los Certificados Catastrales ingresados durante el mes de diciembre de 2017 en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, dispuestas por la Resolución Normativa Nº 45/17; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Normativa N° 45/17 se dispuso la suspensión de la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, a partir de las 16 horas del día 15 de diciembre de 2017 y hasta las 8 horas del día 8 de enero de 2018;

Que en esta instancia resulta pertinente extender el plazo de suspensión en la expedición de trámites y extensión de validez de los certificados catastrales allí dispuestos, con el objeto de culminar tareas de índole operativa;

Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, y sus dependencias

 Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nº 10707 y modificatorias, y Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Extender, hasta el 15 de enero de 2018, inclusive, la suspensión en la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, dispuesto por el artículo 1º de la Resolución Normativa Nº 45/17, con el alcance descripto en dicha norma.

Para los trámites relativos a registración de Legajos Parcelarios, expedición de certificados catastrales para inscripción de Reglamento de Propiedad Horizontal y reclamos por inconsistencias valuatorias y por apertura de partidas en relación a inmuebles que cuenten con Reglamento de Propiedad Horizontal inscripto, la citada suspensión se mantendrá hasta tanto las tareas de adecuación de las aplicaciones informáticas llevadas a cabo por la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires finalicen, fechas que serán oportunamente publicadas en la página web de esta Autoridad de Aplicación www.arba.gov.ar.

ARTÍCULO 2°: Extender, hasta el 28 de febrero de 2018, inclusive, la validez de los certificados catastrales ingresados durante el mes de diciembre de 2017, pendientes de expedición por encontrarse condicionados a la apertura de la base catastral, a fin que los profesionales competentes puedan cumplir con las obligaciones que les corresponden con la Agencia de Recaudación.

ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Gastón Fossati Director Ejecutivo C.C. 1.107

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *