Se sustituyen artículos del Anexo I de la Ley N° 5914 – Tarifaria para el año 2018

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Ley N° 5948

 

Anexo

 


LEY N.º 5948

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Sustitúyanse los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71 y 72 del ANEXO I de la Ley Tarifaria para el año 2018 N° 5914, sancionada el 30 de noviembre de 2017, los que quedarán redactados de acuerdo a los textos que se detallan en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- Incorporánse los artículos 54 bis, 55 bis, 57 bis, 58 bis, 59 bis y 60 bis al ANEXO I de la Ley Tarifaria para el año 2018 N° 5914, sancionada el 30 de noviembre de 2017, según se detalla en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 3º.- Las disposiciones de la presente Ley tienen vigencia a partir del 1º de enero de 2018.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Quintana – Pérez

 

DECRETO N.º 27/18
Buenos Aires, 16 de enero de 2018
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5948 (E.E. Nº 1.060.075-MGEYA-DGALE-2018), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 22 de diciembre de 2017.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.

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